El Grupo Financiero Banorte rechazó la sanción de 19.9 millones de pesos impuesta por la Comisión Nacional Antimonopolio (CNA) por una supuesta concentración con Rappi.
La CNA informó que el 20 de julio de 2025 Banorte adquirió el negocio de tarjetas de crédito de Rappi sin autorización final, lo que derivó en la sanción económica.
Banorte aseguró que cumplió con la Ley Federal de Competencia Económica y que notificó oportunamente a la CNA y a la extinta Comisión Federal de Competencia Económica.
En un comunicado difundido en la Bolsa Mexicana de Valores, Banorte expresó su desacuerdo con la sanción y anunció que evaluará medios de defensa legales y constitucionales.
La institución financiera aclaró que la sanción no representa un impacto material ni operativo significativo para el grupo, aunque insistió en que impugnará la resolución.
De acuerdo con Banorte, el artículo 28 de la Constitución establece que la sanción no será ejecutable hasta que concluya el procedimiento correspondiente en tribunales.
El proceso legal podría tardar entre 18 y 24 meses, dependiendo de la presentación de la demanda de amparo y la resolución de las instancias judiciales competentes.
Banorte reafirmó su compromiso con las mejores prácticas internacionales de gobierno corporativo y transparencia en la revelación de información hacia inversionistas y autoridades regulatorias.
La CNA sostuvo que la operación entre Banorte y Rappi se realizó sin autorización, lo que constituye una infracción a la normativa de competencia económica vigente en México.
El caso abre un debate sobre la regulación de concentraciones financieras y tecnológicas en México, así como el papel de las autoridades en garantizar competencia justa.
